udla

Transgénicos y enmiendas constitucionales

Compartimos el artículo de Diario El Telégrafo en el que César Paz y Miño, Decano del Instituto de Investigaciones Biomédicas, nos habla sobre los transgénicos.

Recordarán que en julio de 2012 escribí un artículo sobre transgénicos que abrió una interesante discusión nacional sobre las dos posiciones relevantes acerca de los organismos genéticamente modificados; se argumentó a favor de su uso y desmitificación, y en contra, incluso de nombrarlos. Sostuve una tercera posición y fue que la investigación propia en transgénesis podía ser útil al país.

En el enlace ciudadano 287, el presidente Rafael Correa explicó este complejo tema y recalcó que el haber puesto en la Constitución el Artículo 401, que declara al Ecuador ‘libre de semillas transgénicas’, era un candado que impedía el desarrollo científico de esta área que podría traer beneficios directos en la producción nacional, la salud y la economía.

Dos años y medio después de un alborotado debate sobre los transgénicos, no ha pasado mucho, aparentemente. Se asumió que el Artículo 401 estaba bien, y debía quedar tal cual. Esa es la impresión que tenemos quienes estamos interesados en investigar en transgénesis y en sus beneficios.

Las regulaciones, los miedos a plantear investigación, los controles y más trabas y artificios rodean a cualquier propuesta de investigar en transgénicos. Conozco que la ESPOL y el INIAP desean iniciar investigaciones en transgénesis en plantas específicas acechadas por plagas que destruyen la producción nacional, mientras aumentan las necesidades alimenticias de la población.

La ESPOL quiere trabajar con banano y plantea que frente al candado constitucional hay que incursionar en ‘CISgénicos’ (inyección de material genético de la propia especie), no en TRANSgénicos (inyección de material genético de otra especie). El INIAP desea experimentar con maíz amarillo, afectado por plagas en la costa del Ecuador, lo que exige que se fumigue con pesticidas hasta 6 veces previas a la cosecha; la entidad ve como solución introducir genes de resistencia a las plagas. En definitiva, ambas instituciones y otras más deberán esperar la aprobación directa del Presidente para estos proyectos que, por los filtros ‘ecológicos’, parecería que no llegan a su escritorio.

El candado constitucional anularía estas y cualquier otra iniciativa científica, en un país que, de otra parte, está promoviendo con fuerza la innovación, el talento humano, la independencia científico-tecnológica, el cambio de matriz productiva. Si el planteamiento de cambiar el Artículo 401 fue coherente en su momento, hoy deberíamos necesariamente incluirlo en las enmiendas constitucionales para propiciar el avance científico del Ecuador.