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La CC crea debate por votación en bloque

Deliberación democrática. Ese es el principio que la Corte Constitucional (CC) invocó para dejar sin efecto 12 enmiendas que habían sido aprobadas en el 2015. Sin embargo, el Legislativo aprobó esas reformas con una sola votación -en bloque-, conforme a lo que permite la Ley de la Función Legislativa (LOF) para el trámite de proyectos de leyes ordinarias. Este año, la Asamblea aprobó dos leyes que surgieron de la consulta popular del 4 de febrero pasado, con la que también se enmendó la Constitución. En este caso, el presidente Lenín Moreno sí optó por dividir los temas y envió por separado la derogatoria de la Ley de Plusvalía y las reformas a la Ley del Consejo de Participación. Por lo que los temas, en ese caso se votaron por separado y no en bloque, como resultado de un mismo referendo. Jorge Benavides, docente de Derecho Constitucional de la UDLA, en cambio, cree que la sentencia no tiene alcance para las leyes, ya que es específica para las enmiendas constitucionales. Añade que no habría ilegalidad en la aprobación en bloque de normas durante la década pasada, ya que la LOF sí lo permite en el artículo 61. Wilma Andrade, legisladora de la ID, dijo que planteará que se limite la votación de las leyes al mecanismo artículo por artículo. Su propuesta se sumará a otras que pretenden, entre otras cosas, endurecer y agilizar la fiscalización de la Asamblea Nacional. Tras la emisión de este fallo, la CC sigue bajo la evaluación del Cpccs transitorio. Ayer se definió que los jueces tienen cuatro días para presentar sus pruebas por escrito.

 

CarreraDerecho
Fecha2018-08-07
MedioEl Comercio
VoceroUDLA